CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
SERVICIOS SISTEMA RAÍZ®
Versión 2.0 · Agosto de 2026
Prestadora: Eunice Miranda
Correo electrónico: hola@eunicemiranda.me
Estas condiciones regulan la contratación de los servicios profesionales Intervención Raíz® y Programa Raíz®, dirigidos exclusivamente a empresas, personas autónomas y profesionales que actúan dentro de su actividad empresarial o profesional.
La Hoja de Encargo correspondiente y estas Condiciones Generales forman conjuntamente el contrato. En caso de discrepancia, prevalecerá lo establecido en la Hoja de Encargo.
1. Servicios y naturaleza
Los servicios Sistema Raíz® combinan análisis económico y operativo, consultoría, acompañamiento directivo y apoyo en la toma e implantación de decisiones, con el alcance concreto establecido en la Hoja de Encargo.
Intervención Raíz®
Es una intervención profesional de duración determinada destinada a analizar el funcionamiento real del negocio, identificar hallazgos y bolsas de valor, modelar escenarios, tomar decisiones y activar una primera mejora.
La implantación posterior del plan no está incluida, salvo que se indique expresamente en la Hoja de Encargo.
Programa Raíz®
Comprende una primera fase de Intervención Raíz® y una fase posterior de acompañamiento individual para desarrollar, implantar y consolidar el plan resultante.
El acompañamiento no implica que Eunice Miranda asuma la ejecución operativa completa, la gestión cotidiana de la empresa o la sustitución de sus responsables internos.
Ambos servicios constituyen una obligación de medios, no de resultado. Eunice Miranda se compromete a desarrollar el trabajo con diligencia profesional, pero no garantiza resultados económicos, comerciales u operativos concretos, ya que estos dependen también de las decisiones, recursos, circunstancias y ejecución del cliente.
2. Contratación
El contrato se formaliza cuando el cliente, tras recibir la Hoja de Encargo y estas Condiciones Generales:
realiza el pago previsto para iniciar el servicio o reservar la agenda.
La contratación supone la aceptación íntegra de ambos documentos y de la versión de estas condiciones identificada en la Hoja de Encargo.
La persona que confirma el encargo declara disponer de capacidad suficiente para contratar en nombre propio o representar a la empresa indicada.
3. Alcance
El servicio comprende únicamente las actuaciones, sesiones, entregables, plazos y canales de soporte establecidos en la Hoja de Encargo.
Cualquier trabajo adicional, cambio relevante, nueva línea de análisis o ampliación solicitada por el cliente podrá implicar nuevos honorarios y una modificación del calendario.
Salvo acuerdo expreso, los servicios no incluyen:
ejecución operativa completa por parte de Eunice Miranda;
gestión cotidiana de la empresa o del equipo;
sustitución de puestos o responsables internos;
dirección continuada de operaciones;
elaboración integral de procedimientos o SOP;
desarrollo o implantación técnica de software;
procesos de selección, contratación o desvinculación;
formación general al equipo;
disponibilidad ilimitada;
servicios no recogidos en la Hoja de Encargo;
asesoramiento legal, fiscal, laboral, contable o financiero regulado.
Cuando durante el trabajo se detecten necesidades ajenas al alcance contratado, Eunice Miranda podrá recomendar la intervención de otros profesionales.
4. Colaboración del cliente
El cliente se compromete a:
facilitar información suficiente, veraz y actualizada;
entregar la documentación dentro de los plazos acordados;
asistir y prepararse para las sesiones;
designar un interlocutor principal con capacidad de decisión;
facilitar los accesos necesarios para realizar el trabajo;
revisar y validar la información y decisiones planteadas;
ejecutar las actuaciones que le correspondan;
comunicar cuanto antes cualquier circunstancia que pueda afectar al servicio.
El análisis se realiza sobre la información aportada por el cliente, que no será objeto de auditoría contable, financiera o legal.
Cuando sea necesario trabajar con estimaciones, hipótesis o información incompleta, estas se identificarán como tales. La aparición posterior de nueva información puede modificar las conclusiones, escenarios o recomendaciones sin que ello constituya incumplimiento profesional.
El cliente conserva la responsabilidad última sobre las decisiones adoptadas y su implantación.
5. Calendario y sesiones
El servicio comenzará en la fecha acordada, una vez formalizada la contratación, recibido el pago correspondiente y entregada la información inicial necesaria.
Las fechas concretas de las sesiones se confirmarán en el email de bienvenida o durante el desarrollo del servicio.
Los retrasos del cliente en la entrega de información, validaciones, decisiones o asistencia a sesiones desplazarán los plazos afectados. Eunice Miranda no responderá de retrasos derivados de estas circunstancias.
Las sesiones podrán reprogramarse avisando con al menos 24 horas de antelación y estarán sujetas a disponibilidad.
Las sesiones canceladas con menor preaviso o a las que el cliente no asista podrán considerarse realizadas, salvo causa justificada. Siempre a valorar por Eunice.
La falta de disponibilidad del cliente no genera automáticamente derecho a ampliar la duración del servicio ni a acumular indefinidamente las sesiones.
Si el trabajo permanece paralizado durante más de 60 días naturales por causa imputable al cliente, Eunice Miranda podrá darlo por finalizado , sin devolución de las cantidades devengadas o abonadas y sin perjuicio de los pagos comprometidos. O bien, podrá solicitar el pago de cuota de re-agenda posterior.
6. Pausas y fuerza mayor
Cuando concurra una circunstancia grave, imprevisible y acreditable que impida temporalmente continuar, las partes podrán acordar por escrito una pausa y una nueva fecha de reanudación.
La pausa no será automática y dependerá de la naturaleza del servicio, del trabajo ya realizado y de la disponibilidad de agenda.
Salvo que la Hoja de Encargo establezca otra cosa, la reanudación deberá producirse dentro de los seis meses siguientes a la interrupción.
La pausa no implica por sí misma cancelación, devolución de importes ni extinción de los pagos comprometidos.
7. Revisión y entregables
Los hallazgos, escenarios, decisiones y avances se presentan y contrastan durante el servicio.
En Intervención Raíz®, el cliente dispone del periodo comprendido entre la sesión de contraste y la sesión de decisión para revisar la información, plantear dudas y señalar posibles errores u omisiones.
En Programa Raíz®, la revisión se realiza de forma continuada durante las sesiones de acompañamiento y conforme al calendario acordado.
Los errores atribuibles a Eunice Miranda se corregirán sin coste adicional. La incorporación de nueva información, los cambios de criterio del cliente o las ampliaciones de alcance podrán requerir trabajo y honorarios adicionales.
Los entregables se facilitarán en formato digital. La documentación final reflejará la información disponible, las decisiones adoptadas y el alcance efectivamente trabajado.
La entrega final no abre un nuevo periodo ilimitado de revisión ni amplía automáticamente la duración del servicio.
8. Precio, facturación e impuestos
El precio, los impuestos, la forma de pago y los vencimientos son los establecidos en la Hoja de Encargo.
Las facturas incluirán los impuestos y, cuando corresponda, las retenciones legalmente aplicables.
Cuando se acuerde un pago fraccionado, el fraccionamiento constituye únicamente una facilidad de pago del precio total contratado. No convierte el servicio en una suscripción mensual cancelable libremente.
El primer pago confirma la contratación y reserva la capacidad profesional necesaria para prestar el servicio durante el periodo acordado.
9. Impago
El impago de cualquier cantidad vencida permite a Eunice Miranda suspender las sesiones, soporte, trabajo y entregas pendientes hasta su regularización.
La suspensión por impago no amplía el calendario ni reduce los importes comprometidos.
Podrán aplicarse los intereses de demora, costes de cobro y demás compensaciones legalmente previstas para operaciones comerciales.
Si el impago persiste, Eunice Miranda podrá resolver el contrato y reclamar las cantidades vencidas o comprometidas conforme al encargo.
10. Cancelación y abandono por el cliente
La contratación reserva una ventana concreta de agenda y capacidad profesional.
Cuando el cliente cancele, abandone o posponga indefinidamente el servicio, las cantidades ya abonadas no serán reembolsables, salvo acuerdo expreso o incumplimiento imputable a Eunice Miranda.
Una vez iniciado el servicio, su interrupción por decisión del cliente no extingue las cantidades ya vencidas ni los pagos comprometidos del encargo.
En los servicios con pago fraccionado, la cancelación unilateral del cliente no transforma el servicio en una contratación mensual ni elimina automáticamente las cuotas pendientes.
Eunice Miranda podrá valorar excepcionalmente una reprogramación o acuerdo alternativo atendiendo al trabajo realizado, la causa alegada y la capacidad reservada, sin que ello constituya una obligación ni genere precedente.
11. Cancelación o imposibilidad de prestación por Eunice Miranda
Si Eunice Miranda no pudiera prestar definitivamente el servicio por una causa imputable a ella y no fuera posible reprogramarlo de común acuerdo, devolverá la parte proporcional correspondiente al trabajo no realizado.
No procederá devolución por el trabajo ya realizado, las sesiones prestadas o los entregables ya producidos.
Los retrasos o interrupciones debidos a fuerza mayor, enfermedad grave, fallos generales de proveedores tecnológicos u otras circunstancias razonablemente ajenas al control de las partes darán lugar, con carácter preferente, a la reprogramación del trabajo.
12. Confidencialidad
Ambas partes mantendrán confidencial la información no pública conocida durante la relación profesional y no la comunicarán a terceros salvo:
autorización de la otra parte;
necesidad razonable para prestar el servicio;
intervención de colaboradores sujetos a confidencialidad;
obligación legal o requerimiento de una autoridad competente.
El cliente se compromete igualmente a no divulgar los métodos, materiales o información interna de Eunice Miranda más allá de los usos autorizados.
Esta obligación se mantendrá después de finalizar el servicio.
13. Documentación y publicación como caso profesional
Eunice Miranda podrá documentar internamente el desarrollo del proyecto, sus hallazgos, decisiones, aprendizajes y resultados con fines de seguimiento, mejora metodológica y acreditación profesional.
La publicación identificable del proyecto como caso profesional —incluyendo el nombre de la empresa, marca, logotipo, cifras, testimonios o información que permita reconocerla— requerirá la autorización recogida en la Hoja de Encargo o concedida posteriormente por escrito.
Cuando exista autorización, antes de la primera publicación identificable el cliente podrá señalar información concreta especialmente sensible que deba omitirse o anonimizarse.
La autorización no otorga al cliente un derecho general de modificación o veto sobre el criterio profesional, siempre que la publicación respete el alcance autorizado, la confidencialidad y la veracidad de la información.
El uso de imagen, voz, nombre o testimonio literal de una persona física requerirá la autorización correspondiente.
La autorización para publicar un caso podrá revocarse para usos futuros mediante comunicación escrita, sin que ello afecte a publicaciones o materiales ya producidos legítimamente con anterioridad.
14. Protección de datos
Los datos personales necesarios para gestionar la contratación, facturación, comunicación y prestación del servicio se tratarán conforme a la normativa vigente y a la Política de Privacidad disponible en la web.
El cliente facilitará únicamente los datos necesarios y declara estar legitimado para comunicarlos.
Cuando para prestar el servicio Eunice Miranda deba acceder de manera habitual a datos personales por cuenta del cliente, ambas partes formalizarán, cuando proceda, el correspondiente acuerdo de encargo del tratamiento conforme al artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos.
El cliente seguirá siendo responsable de determinar la finalidad y legitimidad del tratamiento de los datos de su organización.
15. Propiedad intelectual
Sistema Raíz®, sus metodologías, modelos, herramientas, estructuras, rúbricas, plantillas, materiales formativos y know-how son titularidad de Eunice Miranda o se utilizan con la autorización correspondiente.
Una vez abonados íntegramente los honorarios, el cliente podrá utilizar indefinidamente los entregables específicos elaborados para su proyecto dentro de su propia organización, incluida su adaptación e implantación interna.
Este derecho de uso no implica la cesión de la metodología, materiales generales o propiedad intelectual de Sistema Raíz®.
El cliente no podrá, sin autorización escrita:
vender, publicar o distribuir los materiales;
cederlos comercialmente a terceros;
utilizarlos para prestar servicios equivalentes a otras empresas;
reproducir programas o formaciones basados sustancialmente en ellos;
presentar la metodología, modelos o materiales como propios.
El acceso a plataformas, recursos digitales o materiales adicionales tendrá la duración indicada en la Hoja de Encargo o en el propio recurso.
16. Herramientas y terceros
Para prestar el servicio podrán utilizarse herramientas digitales de comunicación, videoconferencia, almacenamiento, gestión de proyectos, facturación o análisis.
Eunice Miranda seleccionará herramientas razonables y adoptará las medidas de diligencia correspondientes, pero no responde de interrupciones generales, cambios de servicio, pérdidas imputables al proveedor o incidencias externas fuera de su control.
Cuando el cliente decida contratar software, proveedores o profesionales recomendados durante el servicio, la relación contractual se establecerá directamente entre el cliente y dicho tercero, salvo que se acuerde expresamente otra cosa.
La recomendación de un tercero no constituye garantía de sus resultados.
17. Responsabilidad
Eunice Miranda responde de la correcta prestación profesional del servicio dentro del alcance contratado.
No responde de:
las decisiones finales adoptadas por el cliente;
la ejecución realizada por el cliente o su equipo;
actuaciones u omisiones de terceros;
resultados dependientes del mercado o de circunstancias externas;
consecuencias derivadas de información incorrecta, incompleta, desactualizada u omitida;
usos de los entregables diferentes de los previstos;
implantaciones realizadas sin atender a las advertencias o dependencias señaladas.
En la máxima medida permitida por la ley, quedan excluidos el lucro cesante, la pérdida de oportunidad, el daño reputacional y los daños indirectos.
La responsabilidad económica total por daños directos imputables a Eunice Miranda quedará limitada a los honorarios efectivamente percibidos por el servicio del que derive la reclamación, salvo que legalmente corresponda aplicar otro límite.
18. Suspensión y resolución
Eunice Miranda podrá suspender o resolver el servicio cuando exista:
impago;
falta reiterada de colaboración;
ausencia prolongada del cliente;
aportación deliberada de información falsa;
comportamiento ofensivo o contrario a la buena fe;
uso no autorizado de materiales;
incumplimiento grave de la Hoja de Encargo o de estas condiciones.
Antes de resolver el contrato, se comunicará el incumplimiento al cliente y, cuando sea razonable, se concederá un plazo para subsanarlo.
La resolución por incumplimiento del cliente no dará derecho a la devolución de las cantidades abonadas y no extinguirá las obligaciones de pago ya vencidas o comprometidas.
19. Comunicaciones y grabaciones
El correo electrónico será el canal formal de comunicación entre las partes.
Las comunicaciones enviadas a las direcciones facilitadas en la Hoja de Encargo se considerarán válidas mientras no se notifique un cambio.
WhatsApp u otros canales podrán utilizarse para coordinación y soporte cuando estén incluidos, pero no implican disponibilidad inmediata o permanente.
La grabación de sesiones requerirá el conocimiento y consentimiento de las personas participantes. La existencia de una grabación no modifica las obligaciones de confidencialidad ni autoriza su difusión.
20. Legislación aplicable y resolución de controversias
El contrato se rige por la legislación española.
Ante cualquier controversia, las partes se comprometen a intentar previamente una solución negociada o a utilizar el medio adecuado de solución de controversias que resulte aplicable.
Si no se alcanza un acuerdo, y siempre que la legislación lo permita, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Gijón, Asturias, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
21. Validez e interpretación
La falta de ejercicio de un derecho no supone su renuncia.
Si alguna cláusula fuera declarada nula, inválida o inaplicable, dicha circunstancia no afectará a la validez del resto. La cláusula afectada se interpretará o sustituirá de la manera más próxima posible a su finalidad legítima.
Las modificaciones del contrato deberán constar por escrito y ser aceptadas por ambas partes.
La Hoja de Encargo, estas Condiciones Generales y, cuando corresponda, los anexos acordados contienen el acuerdo aplicable al servicio contratado.